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ACABAN DE SENTENCIARLA

by Roger Alba
October 21, 2024
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ACABAN DE SENTENCIARLA
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ACABAN DE DAR LA SENTENCIA!!!Las juezas Arlín Ventura Jiménez, Leticia Martínez y Evelyn Rodríguez, del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, sentenciaron este lunes a Elizabeth Silverio a siete años de prisión por falsificación de títulos para impartir clases a niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el Centro Knowledge Land (Kogland).

Las magistradas ordenaron que Silverio cumpla la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres y también que pague una multa de 2 millones de pesos en favor de cada víctimas

Al finalizar el juicio de fondo el pasado viernes, Elizabeth Silverio aseguró que no posee certificación falsa y que tiene muchos diplomas de cursos realizados a través de la virtualidad.

En ese sentido, consideró que el Ministerio Público no pudo demostrar ante el tribunal “que yo falsifiqué títulos en mi computadora”.

Padres y madres de hijos atendidos por la condenada pidieron a las juezas en el juicio final que hagan justicia con este caso. Una madre, cuyo hijo asistía a Kogland, expresó que Silverio utilizó el dinero que pagaban sin ver ningún resultado en sus niños, para hacerse una liposucción.

“Esta estafadora hoy la vemos con cambios físicos, con una cirugía bariátrica que cuesta entre 8 y 12 mil dólares, con el dinero que yo pagué buscando salud para mi hijo, no su salud física”, criticó una de las madres víctimas al hacer uso de la palabra en el juzgado.

Mientras que el órgano acusador explicó en su expediente que Elizabeth Silverio engañó y estafó a los padres, haciéndoles creer que era profesional de la salud, mediante el uso de documentos falsos, con los que ofrecía atenciones psicoterapéuticas, consultaba, evaluaba, medicaba y realizaba informes con recomendaciones para aplicar psicoterapias, rubricando y sellando con un sello gomígrafo que contenía un exequátur falso e inexistente.

Ejerció la medicina entre enero de 2021 y junio de 2023 sin tener la acreditación como médica en esa rama, al no haber estudiado ni recibido formación académica al respecto. Esto constituye una violación a los artículos 147, 148 y 405 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 92, 93 y 157, numeral 7, de la Ley 42-01, además del artículo 62 de la Ley 66-97, Ley General de Educación.

También se violaron los artículos 13 y 396 de la Ley 136-03 sobre la Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

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